Mariano Rajoy ha dado a Carles Puigdemont un plazo, cuyo tiempo no ha concretado, para que “confirme si ayer declaró o no la independencia”. El presidente del Gobierno ha leído esta mañana un breve comunicado por el que insta al de la Generalitat a dar “certezas a los españoles y a los catalanes” tras la “confusión generada por la Generalitat”.

De momento, el Gobierno no ha decidido si aplica o no el famoso artículo 155 de la Constitución , por el que se suspendería la autonomía de Catalunya. Está a la espera de la respuesta de Puigdemont a ese requerimiento. Una respuesta que, según Rajoy, “marcará los acontecimientos de los próximos días”.

 

“Si Puidemont vuelve a la legalidad, se pondrá fin a esta época de incertidumbre y volverá al sosiego”, ha señalado Rajoy, dejando la pelota de nuevo en el tejado del presidente de la Generalitat. “Puigdemont tiene también la oportunidad de atender al clamor que desde tantos ámbitos se le ha hecho llegar para recuperar la convivencia en Catalunya”, ha añadido el presidente en referencia al llamamiento del empresariado catalán y de Europa para que el Govern frene el proceso independentista.

Rajoy requiere a Puigdemont que aclare “si ha declarado la independencia” y abre la vía del 155

La decisión del Consejo de Ministros podría ser el paso previo a la aplicación de ese artículo 155, pero Rajoy no quiere llegar a ese punto y está intentando que sea Puigdemont quien dé marcha atrás. Por eso, el presidente español ha insistido en que actuará con “prudencia” y ha prometido que dará más explicaciones esta tarde en el Congreso, donde comparecerá a partir de las 16.00 horas a petición propia para hablar de la cuestión catalana.

Ese artículo 155 de la constitución del que tanto se habla estos días establece:“Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general”.