La Sentencia del Pleno de la Suprema Corte de Justicia no solo dividió el expediente Odebrecht sino que también lo deja en estado de coma y podría morir en el Tribunal Colegiado del Distrito Nacional a menos que los jueces junto a las partes celebren moratónicas y consecutivas audiencias que permitan emitir una sentencia a más tardar el 10 de enero de 2021.

En el fallo mediante el cual el Pleno remite a la jurisdicción del Distrito el expediente de Ángel Rondón Rijo, Víctor Díaz Rúa, Andrés Bautista García, Roberto Rodríguez y Conrado Pittaluga, y a la Segunda Sala Penal de la Suprema el del senador Tommy Galán Grullón, se dejó establecido que el tiempo transcurrido entre el conocimiento de la etapa preliminar, así como los incidentes y solicitudes de nulidad que conoció el Pleno, serán contabilizados para fines de determinar la extinción de la acción penal iniciada por el Ministerio Público en diciembre de 2016 y cuyos interrogatorios comenzaron el 10 de enero de 2017.

El Código Procesal Penal establece en sus artículos 369 y 370 que el plazo máximo de duración de un proceso penal en casos complejos es de cuatro años, lo que indica que una vez despedido el año 2020, al mismo tiempo se estará diciendo adiós al expediente de corrupción más importante de la República Dominicana.

“Artículo 370.- Plazos. Una vez autorizado este procedimiento, produce los siguientes efectos: 1) El plazo máximo de duración del proceso es de cuatro años”, dice la ley 10-15 respecto al procedimiento para casos complejos.

Previo a la modificación del Código Procesal el plazo máximo de duración de un proceso ordinario era de tres años y el de casos complejos de cuatro, sin embargo, cuando se realizó la modificación se dejó en cuatro para ambos casos.

Mediante sentencia TC0214/15, el Tribunal Constitucional dejó claramente establecido que a partir de la citación comienza a correr el tiempo para comenzar el conteo del plazo máximo de duración del proceso penal.

“La citación tiene el carácter de medida cautelar personal, por cuanto la misma tiene por efecto limitar, durante el período en el cual sea cumplido el referido acto, la libertad personal del individuo a la cual va dirigida, y por subyacer en ella la amenaza de que en caso de no comparecer pueda utilizarse la fuerza pública para constreñirle a ello, y en casos más extremos ordenarse su arresto, restringiendo de ese forma su derecho de libertad personal, todo lo cual implica sujetarse al proceso”, estableció el Constitucional.

Interrogatorios

El 10 de enero fue interrogado Marcelo Hofke, representante de Odebrecht en República Dominicana

A la izquierda, Marcelo Hofke, representante de Odebrecht en el país cuando iba a ser interrogado por la Procuraduría General de la República.
A la izquierda, Marcelo Hofke, representante de Odebrecht en el país cuando iba a ser interrogado por la Procuraduría General de la República. ( )
Ángel Rondón Rijo

El empresario y enlace comercial de Odebrecht en República Dominicana fue interrogado 11 de enero de 2017.

Ángel Rondón RIjo
Ángel Rondón RIjo ( )
Juan Roberto Rodríguez Hernández

El exdirector del Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillado (INAPA) fue interrogado 17 de enero de 2017.

Pleno de la Suprema dictó sentencia de muerte para el caso Odebrecht
Víctor Díaz Rúa

El exministro de Obras Públicas y exdirector de INAPA fue interrogado el 19 de enero de 2017,

Víctor Díaz Rúa
Víctor Díaz Rúa ( )
Porfirio Andrés Bautista García

Elexpresidente del Senado de la República fue interrogado el 23 de enero de 2017.

Andrés Bautista
Andrés Bautista ( )
Conrado Pittaluga Arzeno

El abogado notario Conrado Pittaluga Arzeno fue interroga el 8 de febrero de 2017.

Conrado Pittaluga
Conrado Pittaluga ( )
Tommy Galán Grullón

El senador fue interrogado el 21 de marzo de 2017.

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Senador Tommy Galán (