Los fiscales que presentaron un recurso de oposición al concurso de titularidades del Ministerio Público, ante el Tribunal Superior Administrativo, expresaron que en los concursos para llenar posiciones vacantes “ser amigo del Procurador” vale más que “pasarse la vida acumulando méritos” en esa carrera.

En el Recurso contencioso-administrativo en nulidad de las bases para el concurso interno para la selección de titularidades CIT-01-2020, expresan que cualquier fiscal que asuma la lógica de la independencia del Ministerio Público se convierte en una amenaza y se lo cobrarían muy caro las autoridades actuales. Lo dicen de este modo: “En esta lógica un fiscal que asuma su independencia, que la viva y la defienda es una amenaza que puede ser controlada por esta dinámica ilegal que le cobrará muy caro la osadía que implica, a juicio de la estructura, tener criterios que sólo respondan a la Constitución y la ley”.

Dicen que el concurso convocado solo se justificaba para la única plaza que vencía, que era la de la Procuraduría  Regional de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, que venció su período de 8 años.

Explican que “Ya hemos visto que las especializadas, los abogados del Estado, las fiscalías de los distritos judiciales,  Hermanas Mirabal, la de Montecristi, las Procuradurías de la Cortes Regionales de Santiago, Montecristi y San Francisco de Macorís y los abogados del Estado del Distrito Nacional, Santiago, San Francisco de Macorís, el Seybo y la Fiscalía de Santo Domingo Oeste nunca se habían concursado, por lo que la campaña mediática creada para decirle a la sociedad que todas las plazas habían vencido en estos días de manera coincidencial,  es falsa y por tanto es un fraude a la sociedad y a ley”.

Se preguntan cómo es posible que tantos fiscales renunciaran a posiciones que habían ganado, y en las que deseaban seguir. Y lo dicen de este modo:

“Ante el referido argumento, es preciso preguntarse: ¿Son voluntarias las referidas puestas a disposición de los compañeros fiscales?.  Sería conveniente que ellos mismos dieran la explicación al tribunal y la opinión pública, sobre si es la verdad que fueron voluntarias y sobre todo, si son conforme a derecho; pero ¿Estaba el consejo en la obligación de aceptarlas?.

Pero aun fuese cierto el argumento del Consejo, la respuesta es un evidente NO. ¿Cuál es la razón de la renuncia de los compañeros?, ¿por qué renuncian?, ¿cuáles fueron las motivaciones del Consejo para acogerlas?, ¿cuál es la postura de cada consejero frente a esta crisis? y decimos crisis porque en menos de 3 años que tiene el presente Consejo se han presentado más renuncias a puestos de dirección que en toda la historia del Ministerio Público, que fue creado en el 1844 con el surgimiento de la República Dominicana”.

Se sorprenden por la gran cantidad de renuncias, y las señalan en su documento:

En menos de 3 años, que tiene el actual  Consejo Superior del Ministerio Público han renunciado más directivos del Ministerio Publico, que en toda la historia de la organización, a saber:

  1. Director de Carrera
  2. Director de Persecución
  3. Rectora de la Escuela del Ministerio Publico;
  4. Procuradurías especializadas de Salud,
  5. Procuraduría Especializada de Crímenes y Delitos de Alta Tecnología (PEDATEC);
  6. La supuesta manifestación voluntaria de 12 fiscales de no querer someterse a una evaluación de su gestión para ratificar un segundo período como titular de una Fiscalía, a cambio de un ascenso, sin destino, aun con sus plazas siendo concursadas.

La otra incongruencia que señalan es sobre la negativa de 12 fiscales a someterse a evaluaciones para no continuar por un nuevo período de dos años:

El no supuesto interés de 12 fiscales de someterse a evaluación de su gestión para ratificación de un segundo período como titular de una fiscalía, cambio de un ascenso, sin destino, aún con sus plazas siendo concursadas.

Dicen que los recurrentes saben que las renuncias, a puestos de titularidades y directivos, que por “casualidad’’ han coincidido con los dos concursos realizados por el actual Consejo, el del 2018 y el que está “Prorrogado”, afectan solo funciones con incidencias en los mismos. “Esta variable unida a las inconstitucionalidades e ilegalidades que hemos desarrollado en la presente instancia, como son: razonabilidad, máxima de experiencia, lógica, pruebas, doctrinas, derecho a la buena administración y jurisprudencia administrativa son la muestra fehaciente de irregularidades graves, de acciones y omisiones que sumados a los vicios que hemos y seguiremos probando, sólo tienen como conclusión ajustada a derecho: la nulidad de la convocatoria en referencia”.

Y vuelven a preguntar: ¿Estaba  el Consejo en la obligación de aceptar las renuncias apuestos directivos sin dar explicación de ninguna naturaleza, ni a los fiscales ni a la sociedad?. “No. Entonces tenemos que llegar a la conclusión elemental que es incierto que todas las plazas convocadas estaban vencidas ya que las mismas bases aceptan que las tres especializadas y las 12 fiscalías con titularidades concursadas no estaban vencidas, máxime en un periodo electoral, que si bien es cierto no detiene la aplicación de la ley, pero los actos de la administración no solo deben ser conforme a derecho, deben justificarse en sí mismos, deben tener apariencia de transparencia y credibilidad, cosa que en las actuales condiciones no tienen”.

Agradecen el apoyo de Participación Ciudadana y Finjus a las denuncias que se formularon a través de Acento.

En el caso de la convocatoria CIT-01-2020 y bases del concurso  los reclamos de la sociedad son legítimos, las preocupaciones de entidades como la Participación Ciudadana (PC) y la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS), reclamos que hacemos íntegramente nuestros, y agradecemos a las referidas organizaciones que hayan alzado sus voces para hacerse eco de hechos que amenazan la carrera del Ministerio Público. Esos reclamos, también demuestran que el concurso convocado y que hoy demandamos en justicia su manifiesta nulidad, no solo está viciado por la razones que hemos establecido, sino que no es conforme a derecho y ni siquiera tiene apariencia de estarlo por lo inconstitucional, ilegal, contrario al reglamento interno, no conforme con los estándares internacionales para la autonomía de los fiscales, lo que lo convierte en ilegal e ilegítimo.

Explican que el concurso hay que hacerlo como manda la ley. Y ofrecen un cuadro en donde se demuestra la falacia del Consejo Superior del Ministerio Público:

Se puede observar con claridad que no es verdad que no se puede esperar a realizar nuestro constitucional y legal escalafón, el escalafón es la única vía de mantener la carrera, sin escalafón no hay carrera, porque una carrera de 75 años, lógicamente no puede ser exitosa con tan solo 2 niveles para ascender, por esta razón el escalafón establece niveles dentro de cada nivel, en la forma siguiente:

“Cargo 1: Fiscalizador. Se requerirá de cuatro (4) años mínimo en este cargo para ser promovido a un cargo superior. Tendrá tres (3) niveles jerárquicos: Fiscalizador I, Fiscalizador II y Fiscalizador III.

Cargo 2: Procurador Fiscal. Se requerirá de cuatro (4) años mínimo en este cargo para ser promovido a un cargo superior. Tendrá tres (3) niveles jerárquicos: Procurador Fiscal I, Procurador Fiscal II y Procurador Fiscal III.

Cargo 3: Procurador General de Corte de Apelación. Tendrá tres (3) niveles jerárquicos: Procurador General de Corte I, Procurador General de Corte II y Procurador General de Corte III”.

Explican que la relación administración-administrado ya no es tan jerárquica o vertical en cuanto a los derechos ciudadanos en su relación con la administración, y que demandar derecho, no es una afrenta, rebeldía, mezquindad, perversidad, acción destructiva, politiquería, envidia, falacia, mentiras, acciones que tienen intereses ocultos; entienden que demandar la tutela efectiva de un derecho es solo una acción propia de un Estado Social Democrático y de Derecho, como el que somos, de acuerdo con la Constitución. De este modo responden a la campaña de la Procuraduría General de la República, que envió a varios miembros del Ministerio Público a atacar las críticas sobre el concurso de Jean Alain Rodríguez.

“¿Con cuál  moral vamos los fiscales a los tribunales a reclamar justicia en nombre de la sociedad, si nos importa más la zona de confort y la seguridad que da el saberse a salvo de una persecución, castigo o represalia de nuestros superiores, que nuestros derechos? Quien no reclama para sí mismo dignidad no debe tener el honor de postular ante un tribunal como representante de la sociedad, no merece la distinción que implica ser un fiscal”.

“En nuestro poder tenemos pruebas de decenas de compañeros que temen conversar, reunirse o expresar su opinión porque se les castiga; los ascensos, en términos generales son productos de estar “pegados” con un padrino, un consejero o estar fríos por los comentarios a favor del liderazgo actual del Ministerio Publico en su máxima expresión, en éste contexto la democracia interna no existe”, dice el documento.

Los fiscales solicitaron al Tribunal Superior Administrativo ordenar al Consejo del Ministerio Público y Dirección de la Carrera del Ministerio Público la entrega inmediata a los recurrentes, a través del depósito vía secretaría de este tribunal, de los siguientes documentos:

  1. Listado de ascensos realizados en este año 2019 dentro del Ministerio Público.
  2. Resolución y acta de reunión del Consejo Superior del Ministerio Público mediante la cual se discutieron y aprobaron las bases del concurso para selección de titularidades CIT-01-2020
  3. Listado del banco de elegibles para ascensos dentro del Ministero Público
  4. Listado de participantes en el concurso para selección de titularidades CIT-01-2020 y puestos para los cuales concursaron.
  5. Expedientes completos de los participantes en el concurso, con cuidado expreso de su derecho a la intimidad, pero señalando tanto sus nombres y apellidos, posiciones dentro de la carrera, fecha de ingreso, tiempo de servicio en el Ministerio Público, suplencias o interinatos, datos académicos y profesionales, especialidad, resultados de evaluaciones de desempeño si se han producido, participación en actividades de capacitación relativas al puesto concursado, servicios docentes y publicaciones sobre temas jurídicos.
  6. Cartas de renuncias, o puestas a disposición de los cargos de titularidades vacantes por estas razones y concursadas en el proceso CIT-01-2020

Y en cuanto al fondo, solicitan admitir el presente recurso contencioso administrativo y en consecuencia, revocar de manera definitiva, con todas sus consecuencias legales, luego de pronunciar la nulidad de las Bases y al Convocatoria para el Concurso Interno para la Selección de Titularidades CIT-01-2020, para la selección de titularidades de Procuradurías de Cortes Regionales, Procuradurías Especializadas, Fiscalía y Abogados del Estado, Propuestas por la Dirección de Carrera y ampliadas y aprobadas por el Consejo Superior del Ministerio Público, en fecha 7 de febrero de 2020; en razón de la nulidad delas mismas por haber sido emitida en franca a la Constitución de la República, la ley orgánica del Ministerio Público nº 133-11, La ley nº 107-13 sobre los derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de procedimiento administrativo, El Reglamento Institucional de carrera del Ministerio Público, los Estándares Internacionales de la autonomía de los Fiscales y las Fiscalías, así como los principios de juridicidad, promocional, de racionalidad, de igualdad de trato, de publicidad, de seguridad jurídica, de ejercicio normativo del poder, de coherencia y de ética; y los derechos a la buena administración, entre éstos, el de la tutela administrativa efectiva, el derecho a la motivación de las actuaciones administrativas y el derecho de acceso a los expedientes administrativos.

Los fiscales que actúan en este caso son 18, y sus nombres son Marlene Rodríguez, Alba Esther Corona Valerio, Yeni Berenice Reynoso Gómez, Wilson Manuel Camacho Peralta, Julio Cesar Gómez Quintana, Yoneivy Alfredo González Mueses, Luisa Fridania Liranzo Sánchez, Gladisleny Núñez Gómez, Johann Newton López, Johanna Isabel Reyes Hernández, Wendy María Estrella Monsanto, Pedro Inocencio Amador Espinosa, Fernán Josué Ramos Ramos, Sourelly Naihary Jaquez Vialet, Juan Medina De Los Santos, Marinel Guillermina Brea Tejeda, Pedro José Frías Morillo, Ernesto Guzmán Alberto, y Melbin Romero Suazo.

Sus abogados son la doctora Laura Acosta Lora, el doctor Nassef Perdomo Cordero y el licenciado Cristóbal Rodríguez  Gómez.

Documento íntegro:

contencioso fiscales .docx

ARTÍCULO DE ACENTO, REPLICADO POR SOMOS PUEBLO